AUDITORÍA

Según la Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo las entidades sometidas a régimen general deben someterse a un examen por experto externo anualmente. Las entidades sometidas a régimen especial deben realizar una auditoría interna anual y una externa trianualmente.
Como Expertos Externos inscritos en el SEPBLAC, emitimos el Informe correspondiente al Examen Anual obligatorio; o cuando proceda, el Informe de Seguimiento.

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